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Publicada en el BOE la declaración del Dolmen de Guadalperal como Bien de Interés Cultural

Conjunto megalítico ubicado en terrenos que tienen la condición de dominio público hidráulico, dentro de la zona inundable del embalse de Valdecañas.

11 mayo 2022 | Publicado : 11:05 (11/05/2022) | Actualizado: 13:00 (11/05/2022)

Ep.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el Real Decreto por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el Dolmen de Guadalperal, en el término municipal de El Gordo (Cáceres), por lo que desde esta jornada tiene efectos plenos.

El Dolmen de Guadalperal es un conjunto megalítico ubicado en terrenos que tienen la condición de dominio público hidráulico, dentro de la zona inundable del embalse de Valdecañas, en El Gordo.

La situación del dolmen dentro del embalse determina que esté sumergido de forma casi permanente, aflorando solo en períodos de sequía prolongada o con motivo de los desembalses consecuencia de los acuerdos suscritos entre España y Portugal para la regulación del caudal del río Tajo.

El Dolmen de Guadalperal y su contexto arqueológico constituye uno de los ejemplos "más notables de megalitismo" de la cuenca media del río Tajo, excavado y estudiado por Hugo Obermaier, a su vez una de las figuras "más importantes" de la investigación geológica y arqueológica de su tiempo, siendo además "ejemplo pionero" de intervención de restauración en un yacimiento arqueológico, por lo que se considera que tiene "valores suficientes" para su declaración como Bien de Interés Cultural.

DESCRIPCIÓN

El Dolmen de Guadalperal toma su nombre de la finca situada en la margen derecha del río Tajo, donde fue descubierto en 1925. Entre 1925 y 1927 fue excavado por Obermaier, catedrático de Historia Primitiva del Hombre en la Universidad Central, que procedió a la restauración, recolocación y estabilización de los ortostatos con hormigón, a la retirada del material que formaba parte del relleno del túmulo, y a su protección con una cerca perimetral de ladrillo para impedir la entrada del ganado.

En el año 1963, con motivo de la construcción del embalse de Valdecañas, los terrenos ocupados por el dolmen junto al cauce del río Tajo fueron expropiados, incorporándose a la zona de dominio público hidráulico, según se indica en el BOE y recoge Europa Press.

El dolmen quedó anegado y solo en contadas ocasiones ha emergido parcial o totalmente de las aguas del embalse. Las corrientes han arrastrado los materiales solubles o disgregados, dejando a la vista elbosque de ortostatos y el conjunto de bolos de piedra que en origen formaba el túmulo.

Tipológicamente el Dolmen de Guadalperal es un sepulcro de corredor con una cámara funeraria de 5 metros de diámetro y un largo corredor de casi 10 metros de largo y 1,50 metros de ancho. La estructura del dolmen ofrece una triple línea de ortostatos dispuestos de forma concéntrica en torno a la cámara, además de algún ortostato de significado simbólico.

Los materiales arqueológicos hallados en el dolmen y en su entorno señalan la existencia de un hábitat en las inmediaciones del bien. Se trata de industria lítica en sílex y cuarcita de carácter microlítico así como fragmentos de cerámica decorada de cocción reductora con abundantes desgrasantes y un interesante conjunto de vasos campaniformes de tipo Ciempozuelos.

Estos hallazgos sugieren dos fases distintas para el yacimiento, una primera más antigua y otra campaniforme, entre el IV y III milenio a. n. e.

La delimitación establecida para la zona arqueológica del Dolmen de Guadalperal integra tanto el sector donde se localizan las estructuras documentadas, conservadas y visibles, como la superficie de dispersión de materiales arqueológicos en tanto que área susceptible de albergar restos arqueológicos en el subsuelo.

De este modo, quedan protegidos la totalidad de los elementos materiales y contextos arqueológicos que componen el yacimiento.

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