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123 centros educativos concertados recibirán 780.000 euros para libros y materiales

Centros privados concertados extremeños que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para curso 21/22.

27 agosto 2021 | Publicado : 11:08 (27/08/2021) | Actualizado: 22:50 (27/08/2021)

El DOE ha publicado una resolución por la que la Consejería de Educación y Empleo de la Junta concede un total de 778.776 euros en ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a estos 123 centros privados concertados.

Con la convocatoria de estas ayudas, se pretende dotar progresivamente a los centros de libros de texto y de material escolar, así como propiciar el ajuste entre los materiales del centro y las necesidades del alumnado, además de desarrollar hábitos de cuidado y respeto en el uso de los mismos y promover la propiedad social.

La convocatoria establecía dos modalidades. La Modalidad A, para la adquisición de libros de texto, cuyas ayudas se han concedido a 66 centros educativos; y la Modalidad B, para la adquisición de material escolar, cuyas ayudas se han destinado a un total de 57 centros, informa en nota de prensa la Junta de Extremadura.

Los fondos públicos que reciban los centros educativos serán gestionados por los consejos escolares y se destinarán, exclusivamente, a la adquisición de libros de texto y de material escolar.

Por su parte, el alumnado becario dispondrá de forma gratuita, en concepto de préstamo, de los libros de texto y material escolar seleccionados por el centro para los estudios que estén cursando.

Los libros de texto y el material escolar, puestos a disposición del alumnado, serán propiedad de los centros educativos, y se devolverán al centro en caso de traslado del alumno o al finalizar el curso escolar.

Los centros educativos se responsabilizarán del cuidado y custodia de los libros y del material adquirido. También serán responsables de la gestión de la devolución de los libros y los tendrán a disposición del alumnado para cursos posteriores. Será el Consejo Escolar el que arbitre las medidas necesarias para responsabilizar al alumnado en el uso adecuado de los libros entregados.

El alumnado está obligado a usar correctamente los libros entregados y devolverlos en buen estado al centro, una vez finalizado el curso escolar o en caso de traslado. El deterioro culpable, así como el extravío, supondrá la obligación de reponer el material deteriorado o extraviado, por parte de los representantes legales del alumnado.

Para la determinación del alumnado becario de libros de texto y material escolar, se tendrá en cuenta que pertenezcan a unidades familiares que tengan la condición de familia, así como pertenecer a unidades familiares cuya renta computable no supere los umbrales de rentas computables máximos que se especifican en la convocatoria.

Sobre las cuantías máximas a librar a cada centro educativo por el concepto de libros de texto, estas se han calculado en función de las necesidades previstas por el centro educativo en el proyecto presentado teniendo en cuenta el número total de alumnos prestatarios que no vayan a ver atendidas sus necesidades a través del banco de libros del centro.

La cuantía establecida por alumno becario será de 120 euros, para Educación Primaria y 150 euros, para Educación Secundaria Obligatoria y Especial.

En lo que se refiere a las cuantías máximas a conceder a cada centro educativo por el concepto de material escolar, éstas se han calculado teniendo en cuenta el número total de alumnos prestatarios del centro matriculados en segundo ciclo de Educación Infantil. La cuantía establecida por alumno becario será de 30 euros.

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