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  • 22 dic 2024

LOS VALORES DE EUROPA

26 enero 2015

El Comité Europeo de Derechos Sociales ha publicado sus conclusiones anuales en enero de 2015. Ha hecho una evaluación del cumplimiento de la Carta Social Europea y ha analizado en detalle los apartados del tratado que se refieren a los derechos laborales

El valor de Europa radica en conseguir una unión más estrecha entre los miembros con objeto de salvaguardar y promover los ideales y principios que son su patrimonio común, y favorecer su progreso económico y social, en particular mediante la defensa y el desarrollo de los derechos y libertades fundamentales ( Carta Social Europea (revisada), Estrasburgo, 3.V. 1996)

Una de las instituciones referentes a nivel europeo es el Consejo de Europa. Nace, en mayo de 1949, tras la Segunda Guerra Mundial para convertirse en el guardián de los valores democráticos de Europa. Actualmente sigue desarrollando sus funciones, que fundamentalmente consisten en defender los derechos civiles, políticos, sociales y económicos. Casi la totalidad de los países del continente están adheridos. España se incorporó en la década de los 70.

Este Consejo cuenta con una serie de instrumentos internacionales para garantizar sus funciones. Uno de ellos es la Carta Social del Consejo de Europa, que contiene un catálogo de derechos sociales. La Carta original se firmó en el año 65 pero se revisó y firmó en Estrasburgo en el año 96. Entró en vigor en 1999. El contenido de la Carta se refiere entre otros: al derecho a la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y de profesión, sin discriminación por razón de sexo, derecho a la igualdad de trato, derecho a la participación en la determinación y mejora en las condiciones de trabajo, derecho a la dignidad en el trabajo, o el derecho a la protección en caso de despido.

Para velar por el cumplimiento de la Carta Social está el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), compuesto por 15 expertos independientes e imparciales, que se encarga de juzgar que los Estados están de acuerdo con las normas y las disposiciones de la Carta. Para ello adopta conclusiones y toma decisiones.

El Comité ha publicado sus conclusiones anuales en enero de 2015. Para ello hace una evaluación del cumplimiento de la Carta Social Europea. Ha analizado en detalle los apartados del tratado que se refieren a los derechos laborales y viene a concluir que Europa denuncia a España por no garantizar un nivel de vida digno a sus trabajadores.

El informe aprecia 252 violaciones en 41 países. Y en España el Comité ha detectado 7 incumplimientos.

Por mencionar los más importantes, empieza el recorrido por el incumplimiento del artículo 2 de la Carta, que regula el derecho a unas condiciones mínimas de trabajo. Tampoco España cumple con el artículo 4 de la Carta, en referencia al salario mínimo para garantizar un nivel de vida digno. No se respeta el artículo 6, en cuanto a que se aprobó una legislación que afecta al derecho a la negociación colectiva, sin consultar a los sindicatos – que ya lo denunciaron – y las organizaciones patronales. Además se critica que se permita a los empleadores, de manera unilateral, no aplicar las condiciones pactadas en los convenios colectivos. Tampoco se admiten como razonables los plazos de preaviso en caso de despido – siempre que existan, claro está.

El Estado correspondiente, en este caso España, es el responsable de los compromisos contraídos en el marco de la Carta. Esto significa que, el Estado debe estar en condiciones de asegurar, mediante normas, que las soluciones adoptadas no comporten violaciones de la Carta.

Pues bien, el gobierno de España no es que ya no asegure el cumplimiento de la Carta, sino que dicta normas contrarias. Véase la reforma laboral, una de las medidas propuestas para salir de la crisis.

Ahora preguntemos a los españoles si creen en las instituciones europeas. Será más fácil si los órganos creados obligan a los Estados a cumplir las normas y resoluciones. Y también lo será si el gobierno acata las normas. Habrá que tomar medidas.





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