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  • 13 abr 2025

El DOE publica la Ley de medidas fiscales urgentes acordada por PP y Vox en Extremadura

En el apartado referido al IRPF establece una deducción autonómica para favorecer el arrendamiento de viviendas que hayan estado vacías.

07 abril 2025

Ep.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica este lunes, 7 de abril, la Ley 1/2025, de 3 de abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria, aprobada en la Asamblea de Extremadura el pasado 27 de marzo tras el acuerdo alcanzado entre PP y Vox para sacar adelante esta "tercera bajada de impuestos" desde que gobierna María Guardiola.

Un acuerdo alcanzado para finalmente aprobar esta serie de medidas presentadas inicialmente por el Ejecutivo como decreto ley, una vez fracasadas las negociaciones para aprobar el presupuesto autonómico para 2025, y que posteriormente se acordó su tramitación como propuesta de ley para que recogiera las aportaciones del partido de Santiago Abascal.

En concreto, la nueva ley, que entrará en vigor este martes, 8 de abril, en el apartado referido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) establece una deducción autonómica para favorecer el arrendamiento de viviendas que hayan estado vacías y sean destinadas a ser la vivienda habitual. En concreto, se podrá aplicar una deducción en la cuota íntegra autonómica del 100 % del rendimiento neto reducido obtenido por dichos arrendamientos, con un máximo de 1.200 euros por contribuyente.

Asimismo, se contempla una deducción del 15% de las inversión destinada a la rehabilitación de viviendas en zonas rurales para ser destinadas a su alquiler.

Para incentivar el apoyo de determinadas actividades culturales, artísticas y deportivas en la región se crea una deducción en la cuota íntegra autonómica por donaciones de dinero a entidades culturales, artísticas y para patrocinio a deportistas.

Así se establece una nueva deducción del 20% de las cantidades donadas en el ejercicio, con un límite máximo de 500 euros anuales por contribuyente, siempre que éstas tengan un determinado destino o finalidad.

Para combatir la despoblación, se establece una deducción del 50% de la cuota íntegra autonómica para aquellos contribuyentes que trasladen su residencia habitual a Extremadura y la mantengan de manera continuada durante tres años, siendo de aplicación en el ejercicio en el que produzca el cambio de residencia y en los dos ejercicios siguientes.

El porcentaje de deducción se eleva al 75% para aquellos contribuyentes en los que, concurriendo las circunstancias anteriores, tengan menos de 36 años a la fecha de devengo.

Además, se prevé una deducción en la cuota íntegra autonómica para las personas con enfermedad de Esclerosis Lateral Amiotrófica que hayan percibido una ayuda pública, a fin de eliminar la carga fiscal vinculada a la percepción de estas ayudas no exentas por la normativa estatal.

Igualmente, también referido al IRPF, se establece una deducción de cuantía fija de 2.000 euros en la cuota íntegra autonómica para aquellos contribuyentes que hayan sido diagnosticados de esclerosis lateral amiotrófica o cuyo cónyuge, pareja de hecho, descendiente o ascendiente que dé derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente, haya sido diagnosticado con ELA.

SUCESIONES Y DONACIONES

Respecto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en la modalidad de sucesiones se crea el Registro Autonómico de personas con especial vinculación y se establecen los beneficios fiscales de los causahabientes incluidos en dicho Registro. Se regula la extensión de los beneficios fiscales que se encuentren vigentes en la normativa autonómica para los grupos I y II de parentesco previstos en el artículo 20.2.a de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a aquellos sujetos pasivos que, estando incluidos en los grupos III y IV, figuren inscritos en dicho Registro.

En materia de donaciones en el apartado tres se aprueba una reducción del 100% sobre las cantidades donadas a hijos y descendientes, sobre los primeros 200.000 euros; también por la vivienda donada a hijos y descendientes, sobre los primeros 200.000 euros, cuando se trata de la primera vivienda en propiedad y se destine a ser su vivienda habitual.

También quedarán exenta la donación de un solar o derecho de sobreedificación a hijos y descendientes sobre los primeros 120.000 euros.

TRANSMISIONES PATRIMONIALES

En el apartado relativo al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, se aplica el tipo reducido del 7% vinculado a la adquisición de vivienda habitual y se establece un tipo superreducido del 4% para la adquisición de la vivienda habitual por menores de 36 años.

La ley cuenta con una disposición adicional primera que establece en su apartado Uno, y con efectos exclusivos para el 2025, bonificaciones del 50%, entre los que se encuentra la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), y del 100%, que incluye las licencias de caza y pesca, entre otros supuestos.

En las disposiciones adicionales segunda y tercera, se establecen los beneficios fiscales en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados referidos a viviendas medias y se fija la bonificación del 75% en la cuota del Canon de Saneamiento para los hechos imponibles devengados en 2025.

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