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  • 02 abr 2025

Ayuntamiento Cáceres deberá indemnizar a una mujer que se cayó en una calle en mal estado

La sentencia del 6 de marzo es firme y no cabe recurso por lo que el Consistorio deberá indemnizar a la recurrente en la cantidad de 17.953 euros.

28 marzo 2025

Ángel Orgaz ante los medios. Foto: Ayuntamiento de Cáceres.

Ep.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cáceres ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por una mujer relativo sobre una reclamación de responsabilidad patrimonial al Ayuntamiento de Cáceres por una caída sufrida en la vía pública por el mal estado del acerado en la avenida Héroes de Baler.

La sentencia del 6 de marzo es firme y no cabe recurso por lo que el ayuntamiento deberá indemnizar a la recurrente en la cantidad de 17.953 euros por los daños sufridos que le llevaron a necesitar varias sesiones de fisioterapia para su recuperación.

Los hechos ocurrieron el 4 de noviembre de 2022 cuando la recurrente caminaba por la acera de la avenida Héroes de Baler, sufriendo a la altura del número 41 una caída al tropezar con una baldosa del acerado en mal estado.

La demandante pidió 40.000 euros por las lesiones sufridas y por las consultas privadas de fisioterapia a las que tuvo que acudir, pero la administración lo rechazó al tratarse de un tratamiento privado. Sin embargo, la demandante alegó que no optó de manera deliberada por acudir a las sesiones de fisioterapia privada.

Así, la sentencia recoge que a la vez que recibía tratamiento rehabilitador por parte del Sistema Extremeño de Salud desde el 31 de julio de 2023 hasta el 11 de octubre de 2023, en aras de acelerar su mejoría, acudió a estas sesiones privadas de fisioterapia.

El recurso se estima parcialmente porque el juez admite que las baldosas estaban en mal estado porque faltaban varias de ellas y, además, la anchura de la acera como consecuencia de la instalación de veladores hacía más peligroso el tránsito por ese lugar.

Pero por otro lado reconoce que "por la hora en que se produjo la caída, el desperfecto era visible, lo que hacía que no fuera especialmente complicado sortear ese desperfecto".

Por ello, "procede atribuir a la recurrente un porcentaje del 50% en la ocurrencia del siniestro", recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

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