iberdrola jjoo
Región Digital
Región Digital
  • 27 jul 2024

30 empleados del Ayuntamiento de Cáceres solicitan teletrabajo en primeras 24 horas plazo

En las primeras 24 horas desde que se publicaran en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) las bases reguladoras de este sistema laboral busca conciliar

01 marzo 2024

Ep

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de la convocatoria en el BOP, y el Gobierno local estima que todos los empleados que puedan acogerse a él lo solicitarán, aunque no se sabe todavía cuántos podrán finalmente disfrutar de esta modalidad de trabajo de los 660 empleados que tiene el consistorio cacereño.

El portavoz del equipo de Gobierno local, Ángel Orgaz, tras la Junta de Gobierno, ha señalado que la regulación del teletrabajo "tiene como objetivo que los empleados de esta casa puedan realizar parte de su tiempo de trabajo en casa, y así poder conciliar la vida laboral y familiar".

El régimen de teletrabajo para las personas que finalmente se acojan a este sistema será de dos días presencial y el resto en teletrabajo.

Asimismo, el trabajador que lo solicite deberá ocupar un puesto de trabajo cuyas funciones y/o cometidos se consideren susceptibles de ser desarrolladas mediante la modalidad de trabajo no presencial.

Esos puestos de trabajo son los relacionados con estudio y análisis de proyectos; elaboración de informes; redacción de normativa; asesoría técnica, jurídica y económica; gestión de sistemas de información y comunicaciones; o análisis, diseño y programación de sistemas de información y comunicaciones.

También podrán acogerse los trabajadores que desempeñen cualquier otra función y/o cometido que, sin perjuicio de los anteriores y en virtud de los medios requeridos para su desarrollo, puedan ser desempeñados, de forma autónoma y no presencial, mediante el uso intensivo y habitual de las herramientas propias de la administración electrónica.

Por sus características, no son susceptibles de ser desempeñados en régimen de teletrabajo los puestos siguientes: puestos en oficinas de registro y atención e información a la ciudadanía; puestos con funciones de dirección, coordinación y supervisión de personal; puestos de naturaleza eventual; puestos cuyas funciones conlleven necesariamente la prestación de servicios presenciales; puestos sujetos a turnicidad.

 
 

Da tu opinión

NOTA: Las opiniones sobre las noticias no serán publicadas inmediatamente, quedarán pendientes de validación por parte de un administrador del periódico.

NORMAS DE USO

1. Se debe mantener un lenguaje respetuoso, evitando palabras o contenido abusivo, amenazador u obsceno.

2. regiondigital.com se reserva el derecho a suprimir o editar comentarios.

3. Las opiniones publicadas en este espacio corresponden a las de los usuarios y no a regiondigital.com

4. Al enviar un mensaje el autor del mismo acepta las normas de uso.