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  • 22 dic 2024

Ayuntamiento de Castilblanco: Fallo Elysium City es "clarificador" sobre su sostenibilidad

"Espera y desea" que Junta interponga en plazo un recurso de casación para hacer valer el "interés general" de posibilitar una "gran instalación de ocio".

15 enero 2024

El Ayuntamiento de Castilblanco (Badajoz) ha asegurado que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) sobre el proyecto de Elysium City, planteado en dicho municipio, es "clarificadora" sobre la "sostenibilidad ambiental" de la citada iniciativa.

Asimismo, el Consistorio "espera y desea" que la Junta interponga en plazo un recurso de casación para hacer valer el "interés general" de posibilitar una "gran instalación de ocio" en una comarca de Extremadura que ha sufrido la "lacra de la despoblación de una forma brutal en los últimos 50 años".

Cabe señalar que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha anulado el decreto que aprobaba el Plan de Ordenación con Incidencia Territorial y Proyecto de Ejecución de Grandes Instalaciones de Ocio (Poitegio) de la ciudad inteligente Elysium City en Castilblanco por no ser "conforme a Derecho".

Así pues, en una nota de prensa, el Ayuntamiento de Castilblanco ha señalado que el primer pronunciamiento del TSJEx "inadmite de plano" la demanda en cuestiones de garantías financieras, ya que Ecologistas en Acción, al ser una asociación sin ánimo de lucro, "solamente puede impugnar las actuaciones que puedan vulnerar las normas relacionadas con el medioambiente".

Del mismo modo, ha incidido en que Ecologistas en Acción solicitaba la impugnación del Decreto 78/2020, de 23 de Diciembre, por el que se califica como 'Gran Instalación de Ocio' a la iniciativa formulada por Castilblanco Elysium Corporation SAU y la Sala del TSJEx declara la "inadmisibilidad de dicha impugnación".

LEGALIDAD URBANÍSTICA

Asimismo, como ha apuntado el Ayuntamiento de Castilblanco, la citada sentencia "deja fuera de toda duda" los contornos físicos del proyecto y reitera que son "ajenos a la zona de protección", con lo que se "evitan colisiones con las prohibiciones de la legislación urbanística en zonas de la Red Natura 2000".

"La urbanización que se pretende realizar está dentro de los límites físicos legalmente posibles según la legislación urbanística básica y con el PGM de Castilblanco que se modificará de acuerdo con la Legio", ha asegurado. También ha expuesto que los valores ambientales, según la Sala del TSJEx "no están en absoluto afectados o comprometidos".

"La decisión de la Junta de Extremadura fue por tanto respetuosa con las zonas de especial protección ambiental. Como así lo acredita un informe técnico emitido, ya gobernando el nuevo Ejecutivo regional al que el TSJEx le da su aval expreso", ha indicado el Consistorio.

Por lo tanto, como ha señalado el Ayuntamiento en la nota, "ni un solo dato o informe" han podido presentar los demandantes para cuestionar el "escrupuloso respeto medioambiental" del proyecto Elysium. "Esta conclusión es de capital relevancia, pues el tribunal entiende que el proyecto es técnicamente viable en materia medioambiental como así lo han reconocido los técnicos de la Dirección General de Sostenibilidad en octubre pasado", ha asegurado.

Finalmente, el Ayuntamiento de Castilblanco ha defendido que la "parte adversa" del fallo se basa en una cuestión de procedimiento y no de fondo. El tribunal, según el consistorio, sentencia que la aprobación del Poitegio requiere previamente la evaluación ambiental de los proyectos auxiliares y complementarios "sin que sea posible aprobar el proyecto de Poitegio sin dichos informes".

De este modo, y como conclusiones, el Consistorio de Castilblanco ha defendido que la sentencia dictada por el TSJEx que anula el decreto de aprobación del Poitegio y el proyecto de urbanización de la Gran Instalación de Ocio Elysium es "clarificadora" sobre la "sostenibilidad ambiental" de la iniciativa.

Igualmente la sentencia manifiesta que es "firme" la declaración de gran instalación de ocio efectuada por la Junta de Extremadura en 2020 y, como ha recalcado el ayuntamiento, en las cuestiones urbanísticas el proyecto de urbanización que se pretende realizar está "dentro de los límites físicos legalmente posibles" según la legislación urbanística extremeña y deja como suelo no urbanizable la zona ZEPA colindante al proyecto.

La sentencia señala que los valores ambientales "no están en absoluto afectados o comprometidos", ha apuntado, a lo que añade que la decisión de la Junta fue por tanto "respetuosa con las zonas de especial protección ambiental".

"Como así lo acredita un informe emitido por personal técnico de la propia Junta, ya gobernando el nuevo ejecutivo regional. Ni un solo dato o informe han podido presentar los demandantes para cuestionar el escrupuloso respeto medioambiental del proyecto Elysium. Esta conclusión es de capital relevancia, pues el tribunal entiende que el proyecto es técnicamente viable en materia medioambiental", ha dicho.

Por ello, el Consistorio ha incidido en que la sentencia anula el Decreto 162/2022, por carecer el mismo de informes ambientales sobre los proyectos de ciclo integrado de agua, de gestión y tratamiento de residuos, subestación y línea de alta tensión instalación de planta solar y construcción de helipuerto.

"Entiende el tribunal que la aprobación del Poitegio requiere previamente la evaluación ambiental de los proyectos auxiliares y complementarios sin que sea posible aprobar el proyecto de Poitegio sin dichas evaluaciones ambientales de los proyectos complementarios", ha recalcado.

Por último, y según ha manifestado el Ayuntamiento, la empresa promotora cuenta con dichos informes, entendiendo que una vez la sentencia sea firme, se presente de nuevo toda la documentación, incluyendo estos informes ambientales, y la Junta de Extremadura podría llevar a cabo la aprobación de un nuevo decreto de aprobación del proyecto Elysium. "Y en ello confía este ayuntamiento que declara su apoyo incondicional al mismo", ha sentenciado.

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