18 marzo 2025 | Publicado : 14:03 (18/03/2025) | Actualizado: 15:41 (18/03/2025)
El Consejo de Gobierno ha acordado este martes la interposición de un recurso de inconstitucionalidad al llamado 'impuesto a la banca', creado por el Gobierno de España.
"Más concretamente a la disposición final novena de la Ley 7/2024, por la que se establece un impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras", tal y como ha explicado el consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, Abel Bautista, en su comparecencia posterior a la reunión semanal del Gobierno regional celebrada en Mérida.
El titular extremeño de Interior ha declarado que "estamos en contra de que la recaudación por este gravamen se reparta bajo el criterio de dar más a los que más tienen", dado que la distribución se efectuará en base al Producto Interior Bruto (PIB).
Y es que, según sus palabras, "desde el Ejecutivo extremeño creemos que esta ley atenta contra los principios constitucionales como la igualdad, la justicia y la progresividad".
Por ello, para Bautista, esta política fiscal "favorece descaradamente a unas comunidades frente a otras", y eso es "algo que no va a permitir Extremadura", ha advertido.
A este respecto, el consejero ha añadido que "como ya anunció la presidenta de la Junta, María Guardiola, Extremadura no va a permanecer impasible ante esta gran injusticia", de ahí que se haya autorizado a la Consejería de Hacienda a presentar el proceso ante el Tribunal Constitucional.
CONTENIDO DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
De este modo, el Ejecutivo regional presenta un recurso de inconstitucionalidad frente al apartado veintiuno de la disposición final novena de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud; un impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.
Tal y como explica en una nota de prensa, la Junta de Extremadura considera que el criterio de reparto del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras, contemplado en la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, es contrario al "bloque de constitucionalidad".
Igualmente, considera que debe cuestionarse la inconstitucionalidad del criterio de reparto, puesto que transferir recursos en mayor cuantía a aquellos territorios con mayor PIB regional "carece de toda justificación y es discriminatorio", atendiendo a lo dispuesto en la Constitución.
"Esto atenta contra los principios de equidad de todos los territorios, en la medida en que recibirán más las comunidades autónomas con un PIB mayor y se vulnera, por tanto, los derechos de las más débiles, como es el caso de Extremadura, que, al contar con un PIB regional inferior, se ve penalizada", argumenta el Ejecutivo regional.
Por todo ello, se considera "inconstitucional" la previsión relativa al criterio de distribución del Impuesto en función del Producto Interior Bruto regional, por vulneración del «bloque de constitucionalidad» constituido por la propia Constitución, la Ley Orgánica 8/1980, de Financiación de las Comunidades Autónomas y la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
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