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  • 13 sep 2024

Consumidores: Extender prohibición altas con spam telefónico a servicios financieros

Extienda a los servicios de telecomunicaciones, financieros, alarmas y seguros la prohibición de los contratos fruto de llamadas telefónicas no solicitadas

21 agosto 2024

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Así, lo ha pedido Facua y la Asociación Española de Consumidores al Gobierno que, ya ha puesto en marcha un real decreto que regulará la contratación de servicios energéticos en el que se pretende vetar las altas que intenten realizarse mediante llamadas no efectuadas o pedidas expresamente por los usuarios.

La asociación ha advertido de que los servicios de telecomunicaciones están incluso por delante de los energéticos en número de llamadas comerciales no solicitadas, prohibidas desde junio de 2023. Y recuerda que, según una encuesta de la organización a más de 6.000 consumidores, el 73,5% de los afectados por spam telefónico había recibido en el último mes llamadas con ofertas de telecos.

En segundo lugar están las de luz y gas, nombradas por el 71,8%. A continuación, seguros (25,1%), alarmas (6,4%) y préstamos (5,9%).

Según la encuesta, realizada a finales del pasado junio, el 96,6% de los consumidores sigue recibiendo llamadas comerciales no solicitadas.

Mientras tanto, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) carece, según Facua, de recursos suficientes para tramitar el "ingente" volumen de denuncias que recibe por todas las irregularidades que son de su competencia, lo que deriva en la caducidad de un número creciente de expedientes. Además, Facua ha detectado casos de denuncias por spam telefónico archivadas de forma injustificada por la AEPD.

INDEMNIZACIONES

Asimismo, Facua ha reclamado que la norma que de momento afectará a la contratación de luz y gas obligue a la energéticas a comunicar a cada nuevo cliente su derecho a cancelar el contrato sin abonar ninguna cantidad si ha sido fruto de una llamada spam.

Es una de las alegaciones que presentará la asociación a la propuesta de Reglamento General de Suministro y Contratación incluida en un real decreto del Ministerio para la Transición Ecológica que actualmente está en trámite de audiencia pública.

Facua considera "imprescindible" que para dar por válida un alta telefónica se aporte una grabación en la que el usuario manifieste que fue él quien realizó la llamada o pidió expresamente recibirla. Así, en caso de que una compañía active un contrato sin contar con esa grabación, la denuncia del usuario afectado debería derivar en una indemnización económica para él y una multa para las dos empresas implicadas: la responsable de la llamada con el alta fraudulenta y la comercializadora que la diese por buena.

Por su parte, el presidente de la Asociación Española de Consumidores, Miguel A. Ruiz, ha recordado que las llamadas telefónicas esteán ya prohibidas pese a los que "se incumple sistemáticamente la legislación".

Por ello, la entidad ha pedido "un endurecimiento de sanciones para quienes incumplan la normativa". "Hay que tener en cuenta que ya la Ley General de Telecomunicaciones señalaba la prohibición de llamadas comerciales telefónicas no deseadas y se incumple sistemáticamente. Por tanto, aprobar esta ley siendo rentable su incumplimiento conllevará que quede en papel mojado", ha argumentado Ruiz.

La Asociación Española de Consumidores también pide que la regulación del nuevo Defensor del Cliente en los suministros eléctricos no lleve a la práctica similar que se produce en el tema bancario donde sistemáticamente nunca se le da la razón al consumidor por parte de estos "defensores del cliente". Así, su regulación podría conllevar un retraso más en la tramitación de reclamaciones que se produce con un procedimiento totalmente inútil para el consumidor.
 

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