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Qué debes saber para que no te engañen con las tarjetas revolving

Se trata de un producto bancario complejo: el banco te adelanta el dinero y luego cobra unos intereses altísimos.

27 agosto 2019 | Publicado : 17:43 (27/08/2019) | Actualizado: 12:49 (14/10/2019)

Una tela de araña que envuelve al consumidor, que lo atrapa, y de la que no se puede escapar. Esa podría ser la definición gráfica de las tarjetas -también llamados préstamos o créditos- revolving, producto bancario complejo que centra muchas reclamaciones de los usuarios debido a la falta de información y sobre todo a unos intereses altísimos que pueden ser considerados usura.

En esencia, su funcionamiento es el siguiente. La entidad bancaria adelanta una cantidad a su cliente y a través de estas tarjetas se pueden hacer compras aún sin disponer de fondos, y devolver ese dinero en plazos más adelante.

¿Cuál es el problema? El tipo de interés establecido para la devolución de ese préstamo puede llegar a alcanzar el 30%, lo que conduce en muchos casos a que esa persona no pueda hacer frente al pago de la deuda.

Una espiral impagable

Iván Metola es fundador de indemniza.me, plataforma que canaliza la anulación de las tarjetas revolving de los afectados y la reclamación para recuperar parte del dinero. Él, como abogado especialista, explica que “este tipo de contratos suelen incluir sus condiciones en una letra muy pequeña, embutida en un pliego de condiciones generales que el cliente normalmente ni siquiera tiene oportunidad de leer antes de contratar”.

“En otros casos se indica el tipo de interés en formato mensual en lugar de anual, lo que sirve para confundir al usuario medio que no es consciente de que el aparente 2 o 2,5% mensual en realidad esconde un tipo de interés anual del 24 al 30%, una barbaridad” advierte Metola.

Y a partir de ahí aparecen los problemas, con un interés tan elevado que prácticamente no permite amortizar la deuda a pesar de pagar las cuotas, y con el impago de esos intereses generando nuevos intereses de demora; lo que lleva a “una espiral de deuda impagable”.

“Cuando el cliente deja de pagar alguna cuota comienza una operación de acoso telefónico y postal por parte de la financiera, amenazas de inclusión en ficheros de morosos, etcétera” pone de manifiesto Iván Metola, quien reconoce que es en ese momento “cuando el cliente contacta con nosotros y descubre la trampa de la que ha sido víctima”.

“El problema es que en poco tiempo estos clientes se ven envueltos en una tela de araña de la que les resulta imposible escapar porque no pueden afrontar el pago de la deuda -que se ha multiplicado en poco tiempo- y la única solución que encuentran es seguir pagando las cuotas que en realidad tampoco les permiten solucionar el problema” avanza el especialista.

Recuperar importantes sumas de dinero

El Tribunal Supremo falló, en noviembre de 2015, contra ciertos tipos de préstamos revolving, lo que deja abierta la puerta a cualquier reclamación a este respecto.

“Hay clientes que acuden a nosotros después de más de una década pagando cuotas, y otros que lo hacen en cuanto han tenido algún problema para pagar y desde la financiera se les ha indicado que su deuda es mucho mayor de lo que pensaban” desarrollan desde indemniza.me, que aconsejan a los usuarios revisar “sobre todo el tipo de interés anual y el TAE que se va a aplicar” antes de firmar un revolving.

“Además, hay que tener mucho cuidado con la contratación simultánea de seguros y las comisiones que suelen incluir este tipo de contratos, que también son muy cuestionables” completan.

¿Qué cuantía puede reclamar un afectado? “No hay dos casos iguales. Teniendo en cuenta que podemos recuperar todas las cantidades abonadas por el cliente que excedan del capital prestado, pueden suponer importantes sumas en torno a los 10.000 o 20.000 euros para el cliente” aclara Metola.

De hecho, se pueden vivir casos tan graves para los usuarios que el propio Banco de España ha alertado sobre ello, aunque sin cifras oficiales sobre el número de afectados. Para ayudar a poner en contexto la problemática, en el ejercicio 2017, según la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito el crédito al consumo creció hasta los 31.026 millones de euros en España, de los cuales al menos 10.578 millones corresponden a créditos revolving empleados para adquirir bienes de consumo duradero.

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