18 marzo 2021 | Publicado : 13:26 (18/03/2021) | Actualizado: 16:25 (18/03/2021)
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado este jueves en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la resolución por la que se convocan las subvenciones destinadas a la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en Extremadura.
En concreto, según la resolución, el próximo lunes, día 22, se abre el plazo para solicitar estos incentivos dirigidos a mejorar la disponibilidad de los productos forestales y su estructura productiva, con el objeto de incentivar canales de comercialización y así generar empleo sostenible para favorecer fijación de la población al medio rural.
Así pues, este plazo de presentación de solicitudes y la documentación requerida es de 20 días hábiles a partir del próximo lunes, según informa la Junta en una nota de prensa.
Cuentan con una dotación global de 1.000.000 de euros y están cofinanciadas al 75 por ciento por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a través del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020.
Pueden solicitarlas las pymes, incluidas en el ámbito de aplicación de la Orden de 14 de abril de 2020, que lleven a cabo las actuaciones subvencionables de primera transformación, comercialización y movilización de productos forestales, cuyas inversiones se realicen en la Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos publicados en el DOE.
ACCIONES
Entre otras acciones se subvencionará la adquisición de maquinaria fija, bienes de equipo e instalaciones nuevas, que deberán estar encuadrados dentro del nivel preindustrial, considerado el mismo a cuyo volumen anual de entrada en la instalación de madera en rollo para la transformación con máquinas no supere 10.000 metros cúbicos.
También se financiarán aplicaciones informáticas (software) y equipos informáticos; así como la adquisición de inmuebles de primer uso para aserraderos promovidos por microempresas y que no hayan sido construidos con ayudas públicas en los últimos cinco años, contados desde la fecha del pago de las citadas ayudas hasta el momento de presentación de la correspondiente solicitud.
Del mismo modo, se subvencionará obra civil para la construcción de nuevos edificios o ampliación o reforma de edificios existentes, incluyendo la urbanización adecuada a las necesidades del proyecto, ejecutados sobre terrenos o edificios propiedad del solicitante.
SOLICITUDES
Por tanto, la inversión mínima subvencionable deberá alcanzar los 25.000 euros y el importe subvencionable se calculará para un máximo de un millón de euros de inversión.
A su vez, el DOE incluye los modelos normalizados de solicitudes en los anexos I y II, que también están disponibles en la web de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Finalmente, la solicitud se cumplimentará preferentemente de forma telemática a través de la plataforma 'Arado', o bien mediante el correspondiente modelo normalizado publicado en la convocatoria.
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