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Del 14 diciembre al 6 enero, Plan de Navidad de Extremadura busca navidades "más seguras"

Vergeles señala que este Plan persigue ser una "brújula" con la que los ciudadanos puedan guiarse para pasar unas navidades "lo más seguras posible".

04 diciembre 2020 | Publicado : 14:12 (04/12/2020) | Actualizado: 16:18 (04/12/2020)

El vicepresidente segundo y consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles ha anunciado las medidas del Plan de Navidad que, en general,  sigue las reglas de lo acordado en el Consejo Interterritorial de Salud y concreta alguna particularidad para la Comunidad Autónoma, “decisiones adoptadas para clarificar aspectos concretos cara a que la ciudadanía tenga una brújula con la que guiarse para que las navidades sean lo más seguras posibles”.

El Plan de Navidad comenzará  el día 14 de este mes y se prolongará hasta el día 6 de enero, seguirán vigentes las medidas de propias del nivel de alerta de nivel 3 en el que sigue Extremadura. 

Junto con ello, en la región, estará vigente el cierre perimetral del territorio entre el 23 de diciembre y el 6 de enero y, dentro de la Comunidad Autónoma, se recomienda hacer los menos desplazamientos posibles, usar espacios al aire libre  frente a los interiores y cumplir con las medidas de seguridad establecidas, según lo decidido en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Además, el Plan Navidad de Extremadura establece que las noches del 18 al 19 y del 19 al 20 de diciembre, así como las del 24 al 25 y del 31 al 1 de enero, los locales de hostelería y restauración amplían su horario de cierre hasta la 1 de la madrugada y el toque de queda se fija esas noches en la 1:30 con el objetivo de dar tiempo a los clientes de esos locales a volver a sus casas y que puedan cumplir con la reducción movilidad nocturna.

El número de comensales en las reuniones familiares será de 10 personas, número que puede alterarse al alza  siempre que los comensales pertenezcan al mismo núcleo de convivencia.

En cualquier caso, el consejero ha recomendado que se reduzca al mínimo posible la procedencia de los 10 comensales y considera que deberían ser, como mucho, de dos núcleos de convivencia, recalcando que, cuando  en esa mesa se siente una persona que puede ser vulnerable se extremen las medidas de seguridad.

Sobre el número de comensales por mesas en locales de hostelería y restauración, el número se fija también en 10 personas como máximo, siempre y cuando se puedan guardar las distancias de seguridad entre las mesas.

En el interior de los locales, la ventilación será la máxima posible y no puede haber música ambiente ni la televisión encendida con voz, ya que ello podría llevar a los clientes del local, a su vez, a alzar la voz, lo que provocaría la creación de aerosoles y el peligro de contagio aumentaría.

Todas estas medidas serán recogidas en un decreto del presidente de la Junta que se publicará la próxima semana en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante, las autoridades se reserva la opción de adoptar medidas adicionales por si hubiera cambio brusco en la incidencia de la enfermedad.

GUÍA DE TERRAZAS

El Consejo de Gobierno extraordinario celebrado ha dado también el visto bueno a la Guía de asesoramiento para el desarrollo de actividad de la hostelería y restauración en espacios exteriores, la denominada “Guía de terrazas”.

Según  el consejero, la situación climatológica provoca que los empresarios de hostelería empiecen a hacer inversiones para proteger a sus clientes de las inclemencias y, para que esta inversión se haga según las posibilidades con las que pueden trabajar en las actuales circunstancias. Se han fijado distintos aforos en atención a las características arquitectónicas de estos lugares.

Así, se establece el 50% de aforo, al considerarse espacios al aire libre,  las terrazas que solo están protegidas por el techo ya que permite la ventilación cruzada, lo mismo que las terrazas que tienen techo y dos paramentos laterales que no superan el metro de altura, porque en este caso, la circulación del aire permite la  renovación efectiva del mismo.

También se consideran espacios al aire libre y por tanto permiten el 50 por ciento de aforo las terrazas que tienen techo y un paramento lateral aunque esté pegado al local de restauración e igualmente se permite el citado aforo a las terrazas  que tienen techo y el resto de paredes que rodean al techo tienen aberturas que superan el 50 por ciento de la  superficie cubierta.

No se consideran terrazas, y su aforo será del 40 por ciento, las que se encuentran retranqueadas en el interior y disponen de tres paramentos y techo, tampoco las que tienen el techo pegado al local y dos paredes laterales que la cierran completamente,  así como las terrazas que han sido cerradas totalmente y solo disponen de un acceso de entrada.

José María Vergeles ha informado, además, del comunicado elaborado por el Consejo Extremeño de Salud, que también se ha reunido, y que ha consensuado un documento en el que se hace un llamamiento para que se extremen las medidas de seguridad en las próximas fiestas.

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