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Ayudas para adquisición vivienda para jóvenes en municipios menores de 5.000 habitantes

Con una dotación de 4,1 millones, la cuantía de la ayuda será de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20% del precio de su adquisición.

01 diciembre 2021 | Publicado : 12:36 (01/12/2021) | Actualizado: 12:38 (01/12/2021)

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este miércoles la convocatoria del programa de ayuda a los jóvenes para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño, con una dotación de 4,1 millones.

En concreto, el objetivo de este programa es facilitar a las personas jóvenes el acceso a una vivienda digna y adecuada, localizada en municipios menores de 5.000 habitantes.

De este modo, se favorece la emancipación familiar de los jóvenes y se combate la despoblación contribuyendo al reto demográfico, además de buscar reducir el esfuerzo financiero que los más jóvenes dedican a sufragar la compra de una vivienda.

También se aboga por fijar población en los municipios y se contribuye así al desarrollo económico, social y sostenible de éstos, ya que esta medida incidirá positivamente en el sector de la construcción e inmobiliaria al reducir el excedente de vivienda.

Además, según informa la Junta en una nota de prensa, la subvención no se limita solo a vivienda nueva por lo que también se favorece la revitalización del centro y casco urbano de las localidades menores de 5.000 habitantes.

La cuantía de la ayuda será de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20 por ciento del precio de adquisición de la misma, excluidos los gastos y tributos propios de la adquisición.

Las ayudas se podrán solicitar desde este jueves, día 2, hasta el 31 de enero y estarán disponibles en el Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura.

Por tanto, podrán beneficiarse en torno a 500 jóvenes que hayan adquirido una vivienda a partir del 1 de enero de 2018 en municipios menores de 5.000 habitantes o entidades locales menores, poblados y pedanías con menos de 5.000 habitantes pero que pertenezcan a municipios que posean una población residente superior a los 5.000 habitantes.

Cabe destacar que para acceder a esta ayuda, el solicitante debe ser mayor de edad, tener menos de 35 años en el momento de la solicitud y no ser titular o cotitular del cien por cien, de pleno dominio o usufructo de alguna vivienda en España y la vivienda debe ser residencia habitual o permanente.

También deben tener unos ingresos anuales iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), cuatro veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general o personas con discapacidad y cinco veces el IPREM cuando sean familias numerosas de categoría especial o personas con parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o el desarrollo con un grado reconocido igual o superior al 33 por ciento o personas con discapacidad física o sensorial con un grado igual o superior al 65 por ciento.

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