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El SES indemnizará con 178.051 euros a la familia un paciente fallecido

Tras un retraso en un diagnóstico de cáncer que "se observaba en un TAC y pasó desapercibido tres años antes".

05 abril 2024

Ep.

El Servicio Extremeño de Salud (SES) ha acordado indemnizar con 178.051 euros a la familia un paciente de 72 años fallecido tras un retraso en un diagnóstico de cáncer que "se observaba en un TAC y pasó desapercibido tres años antes".

La defensa del caso ha sido dirigida por el Letrado Carlos Sardinero, de los Servicios Jurídicos de la Asociación 'El Defensor del Paciente', y el dictamen del SES es del pasado 29 de febrero de 2024.

El paciente, de 72 años, durante una revisión rutinaria en enero de 2019, fue sometido a un TAC que reflejó una masa sospechosa de malignidad, pero "ni el neurólogo ni el radiólogo informaron sobre este hallazgo al paciente", según explica la Asociación El Defensor del Paciente en nota de prensa.

Tres años después, a consecuencia de náuseas, vómitos, astenia, cansancio, pérdida de apetito y pérdida de peso, este paciente fue sometido a diferentes pruebas que "demostraron que, efectivamente, sufría cáncer de pulmón que ya estaba presente en el TAC de enero de 2019".

Tras presentar reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración pública, la inspección médica emitió informe en el que indicaba que "sí existió una mala praxis médica, mala praxis que es fácil entender y que no requeriría mucha explicación".

Así, explica que en dos pruebas de imagen en 2019 que "en su conjunto, indicaban la posible existencia de un cáncer", y el servicio de Neurología tuvo a su disposición los resultados de dichas pruebas, "si bien sólo se ciñó a la primera de ellas sin interesarse o leer, al parecer, el resultado de la segunda prueba".

Además, el paciente "no fue informado de los resultados de estas pruebas radiológicas, ni por un servicio ni por el otro", y tres años después fue diagnosticado "de un cáncer que podría haberse estudiado y tratado tres años antes".

Considera además que el hecho de si Radiología informó o no telefónicamente a Neurología de los hallazgos, o de si la responsabilidad de actuar en función de dichos hallazgos corresponde a uno u otro servicio, "pertenecen al ámbito organizativo funcional de un servicio hospitalario de atención especializada, y deberían ser conocidos y aplicados por los profesionales", pero añade que "no puede admitirse es que la ausencia o mal funcionamiento de dicha organización, derive en la ausencia de información a un paciente de hallazgos que podrían ser graves y que requerirían estudio y tratamiento inmediatos".

Por todo ello, este asociación señala que "ahora, el SES reconoce que hubo una clara mala praxis en los meses de enero a marzo de 2019".

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