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Por un importe superior a los 8,6 millones

Junta autoriza convocatoria de ayudas para fomentar la movilidad eléctrica en Extremadura

La ejecución de acciones en el Programa MOVES III permitirá desarrollar medidas dentro de iniciativas como el apoyo a la electrificación del transporte.

27 octubre 2021 | Publicado : 12:10 (27/10/2021) | Actualizado: 22:55 (27/10/2021)

El Gobierno regional ha aprobado este miércoles un decreto que desarrolla las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica en Extremadura, el Programa MOVES III, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, y, al mismo tiempo autoriza la convocatoria de estas ayudas por importe de 8.644.960 euros.

Y es que, según detalla el Ejecutivo regional en una nota de prensa, el sector del transporte es actualmente el mayor emisor de gases de efecto invernadero, que procede, en su casi totalidad, de combustibles fósiles derivados del petróleo, por lo que el transporte es un "sector prioritario" en todas las estrategias de descarbonización de la economía y el transporte terrestre.

Asimismo, la progresiva implementación de generación eléctrica con energías renovables, la electrificación del transporte y las medidas de eficiencia energética, serán las principales tecnologías que permitan descarbonizar el sector transporte.

Por ello, la ejecución de actuaciones dentro del Programa MOVES III permitirá desarrollar medidas englobadas dentro de las iniciativas como es el caso del apoyo a la electrificación del transporte por carretera y el despliegue de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, que conllevará una "recuperación eficaz" en la economía de los agentes implicados y una descarbonización del sector del transporte.

Las inversiones subvencionables establecidas en el Programa MOVES III deberán cumplir condiciones como permitir al beneficiario incrementar el nivel de protección medioambiental derivado de sus actividades superando las normas de la UE aplicables, ha destacado la Junta tras la celebración del Consejo de Gobierno.

Se considera que las ayudas destinadas, tanto la adquisición de vehículos eléctricos, como al despliegue de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, suponen, en todos los casos, una mejora medioambiental, en un contexto de un suministro eléctrico cada vez más renovable.

En cuanto a la a infraestructura de recarga subvencionable según este decreto, sólo puede ser utilizada por vehículos de cero o bajas emisiones, y por tanto, incrementa el nivel de protección ambiental, con independencia de quien sea el propietario del vehículo eléctrico que utilice la infraestructura de recarga.

De este modo, podrán acceder a estas ayudas las personas que tengan su residencia fiscal en España y que la actuación objeto de ayuda se ubique en Extremadura, así como las personas físicas que desarrollen actividades económicas en Extremadura, es decir, profesionales autónomos que estén dados de alta en el correspondiente censo de estos profesionales en AEAT.

Igualmente podrán solicitar estas subvenciones las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, empadronadas en Extremadura, así como las comunidades de propietarios, las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica dependiendo de su número de identificación fiscal (NIF).

También podrán solicitarlas entidades de conservación de polígonos o sociedades agrarias de transformación que ejerzan actividad en Extremadura; municipios, entidades locales menores, mancomunidades y diputaciones, la Universidad de Extremadura y las entidades públicas empresariales, sociedades, fundaciones y otros entes públicos del Estado que realicen su actividad en la región siempre que no ejerzan actividades económicas, por las que ofrezcan bienes y servicios en el mercado.


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