09 septiembre 2020
El objeftivo ess la contención del brote epidémico de la COVID-19 en los municipios de La Haba, Cabeza del Buey y Casar de Cáceres.
Esas medidas se refieren exclusivamente a la reducción de aforos. Hay libertad de circulación de las personas por lo que los habitantes de dichas localidades podrán moverse sin restricciones adicionales y sin limitaciones en materia educativa.
La reducción de los aforos es la siguiente: reuniones de hasta diez personas; apertura de hostelería al 40 por ciento del aforo; máximo de 100 personas al aire libre o 50 en espacios cerrados; el aforo del pequeño comercio queda limitado al 40 por ciento; limitación de mercadillos a un tercio de los puestos y aforo limitado al 30 por ciento en los espacios comunes de los centros comerciales.
Además, en lugares de culto se limita el aforo al 50 por ciento; en los velatorios se permiten 25 personas al aire libre o 15 en espacios cerrados; en los hoteles la apertura de zonas comunes se limita al 33 por ciento del aforo; cines, teatros y salas de conciertos al 33 por ciento de su aforo y las piscinas al 33 por ciento de su capacidad.
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