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Bases regulan ayudas para mejorar eficiencia energética en comunidades regantes extremeñas

Entre los costes subvencionables figuran la realización de obras e instalaciones, auditorías energéticas e inversiones para la generación de renovables.

05 junio 2020 | Publicado : 10:06 (05/06/2020) | Actualizado: 17:47 (05/06/2020)

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado este viernes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la orden que establece las bases reguladoras de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las comunidades de regantes de la comunidad.

Y es que, según destaca la Junta en una nota de prensa, el regadío supone un motor para el desarrollo económico de zonas rurales, que impulsa una agricultura productiva, sostenible, genera empleo y valor añadido, y como señala la Estrategia Europea 2020 su eficiencia energética supone "una cuestión clave".

Por tanto, con la publicación de estas bases reguladoras se pretende establecer un régimen de concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en las comunidades de regantes extremeñas que contribuyan al ahorro y el mejor aprovechamiento de la energía en las instalaciones colectivas de riego, contribuyendo a la reducción en la emisión de CO2 a la atmósfera.

De este modo, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes establecidas en zonas regables de iniciativa pública, con infraestructuras presurizadas, y que sean titulares o gestionen infraestructuras de regadíos existentes, dispongan de su correspondiente derecho de agua y estén reconocidas por el organismo de cuenca.

INVERSIONES Y PLAZOS

Entre los costes subvencionables figuran la realización de obras e instalaciones, auditorías energéticas, así como inversiones para la generación de energía renovable, según recoge la orden.

En esta ocasión, el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria.

Respecto a la cuantía será del 80 por ciento del coste subvencionable, pudiéndose incrementar en los casos señalados en la orden, sin superar el cien por cien del coste subvencionable, ni los 600.000 euros por convocatoria y entidad beneficiaria.

La solicitud se cumplimentará a través de internet, en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura.

Finalmente, las inversiones de las comunidades deberán tener como finalidad y consecuencia algunos de los siguientes aspectos: mejora de la eficiencia energética de los sistemas de riego y el ahorro de energía; gestión integral y optimizada de la explotación de la zona de regadío; mejora de las condiciones medioambientales; y/o reducción significativa de costes energéticos.

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