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  • 12 sep 2024

Extremadura recurrirá el registro IGP Aceituna Manzanilla Sevillana

"Haber dejado fuera a la parte extremeña no es conforme a derecho" y la Junta va a trabajar para "interponer un recurso de inmediato y solucionarlo"

28 agosto 2024

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La Junta de Extremadura va a recurrir la tramitación de la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Aceituna Manzanilla de Sevilla/Aceituna Manzanilla Sevillana anunciada por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Andalucía.

De esta forma, lo ha señalado la portavoz de la Ejecutivo extremeño y Consejera de Cultura,Turismo, Jóvenes y Deportes, Victoria Bazaga, tras conocerse la decisión de la administración andaluza, recalcando que "haber dejado fuera a la parte extremeña no es conforme a derecho" y los servicios jurídicos de la Junta van a trabajar para "interponer un recurso de inmediato y solucionar esta situación" que, "a priori no es conforme a derecho".

Cabe recordar que la consejería andaluza de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha decidido tramitar la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Aceituna Manzanilla de Sevilla/Aceituna Manzanilla Sevillana tras desestimar las tres "declaraciones de oposición" recibidas de la Junta de Extremadura, 18 sociedades de Almendralejo (Badajoz) y siete sociedades de Badajoz.

Así lo anunciaba este pasado martes la Administración andaluza en la orden con la decisión favorable publicada este martes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) consultado por Europa Press.

En dicha orden se recuerda que el pasado enero de este año la Asociación para la Promoción de las Aceitunas Sevillanas de las variedades Manzanilla y Gordal presentó una nueva solicitud de registro de la IGP para "reiniciar el procedimiento de conformidad con las sentencias" del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que planteó como "único vicio de nulidad" de la primera solicitud la delimitación geográfica, de la que se han eliminado ahora los municipios de Huelva incluidos.

En 2022, el TSJA ya argumentó que "para que pueda entenderse que otra comunidad autónoma resulta afectada --por la IGP-- es preciso que se acredite suficientemente que el nombre o denominación objeto de la figura de calidad diferenciada se utiliza igualmente en el ámbito de dicha comunidad (...) Si el producto idéntico existente en otra comunidad es conocido y se comercializa bajo un nombre distinto, de entrada, no sería sostenible que el registro de la denominación de origen o Indicación Geográfica Protegida le pudiera producir algún tipo de perjuicio".

"Menos aún --continuaba-- sería defendible que hubieran podido contribuir a su reputación cuando el nombre utilizado no es coincidente con el que integra la Indicación Geográfica Protegida".

En cuanto a la argumentación de la Junta de Extremadura de que la calidad de la aceituna en cuestión y la forma "tradicional" de recolección, elaboración y comercialización es "compartida" con zonas de Badajoz, la Junta de Andalucía determina que "el vínculo sobre el que se basa la solicitud de registro es la reputación que ha adquirido el nombre Aceituna Manzanilla de Sevilla/Aceituna Manzanilla Sevillana en el comercio y en el lenguaje común, atribuible exclusivamente a la provincia de Sevilla como consecuencia del trabajo de los oliviculores e industriales".

"La preparación de esta variedad de aceituna de mesa es una tradición nacida en el entorno de Sevilla gracias a las especiales características que adquiere cuando se cultiva en el Valle del Guadalquivir y a las condiciones climáticas que se dan en estas zonas, así como a la calidad alcanzada en el producto elaborado, que hicieron famoso este tipo de tratamiento y acuñaron el prestigio de aceitunas de tipo verde aderezadas al 'estilo sevillano", relata la orden de la consejería.

En definitiva, "la reputación del producto es anterior a su extensión a la comunidad autónoma de Extremadura, de manera que no es causa de su prestigio sino consecuencia del mismo, razón por la que la producción existente en ese territorio, conforme al criterio sostenido por los codemandantes, se habría aprovechado del éxito ya consolidado en un momento muy anterior en la comunidad autónoma andaluza", apunta la Administración citando las palabras del TSJA.

Por ello, el reconocimiento de la IGP para los productores sevillanos "no impide que los extremeños puedan seguir comercializando las aceitunas de esta variedad en sus mercados actuales ni constituye una infracción contra los derechos de estos productores siempre que no utilicen el nombre de la IGP. Su registro vendrá a reconocer y poner en valor esta labor desarrollada durante décadas por los productores de la provincia de Sevilla, con los derechos y protección previstos en el Reglamento de la Unión Europea".
 

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