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Y explotaciones agrarias

El Supremo da la razón a Junta en defensa de la actividad de los veterinarios en granjas

El Colegio de Veterinarios de Cáceres felicita a la Junta de Extremadura por su defensa de las competencias de la profesión veterinaria.

21 enero 2022

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos contra un decreto del Gobierno de 2020 que regula la ordenación de explotaciones de ganado porcino, dando así la razón a la Junta de Extremadura, que se había personado en la causa.

En concreto, se trata del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero de 2020, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, un sector de indudable relevancia en nuestra región.

El mismo revisaba los pilares de la normativa referida con base en la evolución de los retos económicos, sociales y medioambientales de la producción ganadera, al tiempo que adaptaba nuestro Derecho a la normativa armonizada europea, en especial a los objetivos climáticos.

También regula la figura del veterinario de explotación con la atribución con carácter exclusivo, entre otras, de labores de asesoramiento e información a los titulares de las explotaciones sobre las obligaciones y requisitos en materia de bioseguridad, higiene, sanidad y bienestar animal, así como otras actuaciones zoosanitarias.

De este modo, tras quedar rechazado el recurso, el Colegio de Veterinarios de Cáceres ha felicitado a la Junta de Extremadura por personarse como oposición en este procedimiento contencioso-administrativo, junto a la Abogacía del Estado, el Consejo General de Colegio Veterinarios y la Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino Anprogapor), y en defensa de la profesión veterinaria como "garantes de la bioseguridad, la gestión medioambiental y la salud y el bienestar de los animales en las explotaciones ganaderas porcinas".

Además, según indica el Colegio de Veterinarios de Cáceres en una nota de prensa, el recurso presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos centraba sus alegaciones en los artículos 4.2, 4.3 y 6.2, donde se establecen las responsabilidades en materia de formación, bioseguridad, higiene, bienestar y sanidad animal y se regula el Sistema Integral de Gestión de las Explotaciones de ganado porcino; de este modo, se han reforzado la figura y competencias exclusivas del veterinario de explotación.

En este sentido, el Colegio de Veterinarios de Cáceres apoya completamente las alegaciones presentadas por la Junta de Extremadura contra el recurso, en las que se ha destacado "la importancia de los veterinarios respecto de las explotaciones porcinas, en base a la protección de la salud pública" como así se deduce "en el Reglamento 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo" y en el ámbito del Derecho interno, la "Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal".

De otro lado, la Junta de Extremadura considera en su oposición al recurso "adecuada, necesaria y proporcional la atribución competencial que se hace en favor de los veterinarios".

Finalmente, tanto el Real Decreto 306/2020, como la decisión del TJUE, han contribuido a regular legislativamente las competencias exclusivas del ejercicio de la veterinaria "frente a los retos sociales, económicos y medioambientales a los que se enfrenta actualmente el sector porcino en nuestro país", concluye el órgano colegial.

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