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Decreto que regula entidades agroalimentarias prioritarias de Extremadura y su registro

Según destaca la Junta, éstas suponen un "instrumento básico" para mejorar la estructuración de la oferta y la integración, potenciando así el sector.

20 julio 2021 | Publicado : 12:08 (20/07/2021) | Actualizado: 16:08 (20/07/2021)

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio ha publicado este martes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el decreto que regula el procedimiento para reconocer las entidades agroalimentarias prioritarias de la región, así como la forma y condiciones para acreditar el mantenimiento de dicho reconocimiento.

Además, el decreto de la Junta establece las condiciones para inscribirse en el Registro de Entidades Agroalimentarias Prioritarias de Extremadura, dando así respuesta a las necesidades del sector y estableciendo el marco jurídico.

En concreto, el mismo contiene 15 artículos, distribuidos en cinco capítulos, dos disposiciones adicionales y dos disposiciones finales, según ha informado la Junta en una nota de prensa.

De este modo, tal y como recoge el DOE, podrán solicitar el reconocimiento como entidad agroalimentaria prioritaria en la región aquellas entidades que teniendo por objeto las actividades de producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos y forestales cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 y resulten una cooperativa de una fusión de sociedades cooperativas agroalimentarias o de otras sociedades de capital o civiles que tengan por objeto las actividades señaladas.

También, las entidades constituidas de una cooperativa de segundo grado o de una sociedad cooperativa especial de cooperación y colaboración empresarial con fines de gestión comercial; así como las que resulten conformadas de una cooperativa agroalimentaria o de una sociedad de capital o civil en las que más del 50 por ciento del capital social y de los derechos políticos, así como económicos pertenezca a sociedades cooperativas agroalimentarias y/o sociedades agrarias de transformación.

Además, podrán solicitarlas las cooperativas agroalimentarias y las sociedades agrarias de transformación que se encuentren inscritas en los registros correspondientes y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 3 de este decreto.

IGUALDAD, SOLICITUDES Y AYUDAS

Las entidades asociativas prioritarias suponen un "instrumento básico" para mejorar la estructuración de la oferta y la integración, potenciando así el sector agroalimentario, cuya actividad económica resulta de especial interés para el mercado y tejido empresarial de Extremadura, desarrollando además una importante labor de fijación de la población, con singular incidencia, en las zonas rurales.

El decreto publicado este martes contribuirá a mejorar la estructuración de la oferta y la integración, mediante el redimensionamiento de dichas entidades asociativas, que además tendrán que cumplir los requisitos de paridad en la representación de sus órganos de representación.

Las solicitudes para dicho reconocimiento se dirigirán a la Dirección General de Cooperativas y Economía Social de la Junta de Extremadura, conforme al modelo establecido en el anexo I del DOE.

Cabe destacar que el plazo de resolución y notificación del procedimiento será seis meses a contar desde la presentación de la solicitud en la sede electrónica de la Junta de Extremadura.

Las entidades agroalimentarias prioritarias que resulten reconocidas como tales, las entidades que las integren, así como las productoras y productores que formen parte de las mismas, podrán beneficiarse de las ayudas y subvenciones específicamente destinadas al fomento de la integración cooperativa, así como tener preferencia en la concesión de todo tipo de subvenciones y ayudas gestionadas por la Junta de acuerdo con la normativa específica contenida en las bases reguladoras de cada convocatoria.

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