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Creex: Registro retributivo obligatorio nace con "dudas" y sin herramienta de gestión

Además, critica que genera nuevas cargas burocráticas para todas las empresas y autónomos, independientemente del tamaño de su negocio

14 abril 2021

La Confederación Regional Empresarial Extremeña (Creex) ha considerado que el registro retributivo obligatorio nace con "multitud de dudas" y sin la herramienta de gestión "prometida" por el Ministerio de Trabajo.

En concreto, este miércoles, día 14, entra en vigor la obligación para todas las empresas de contar con registros de retribuciones desagregados por sexos, aunque "realmente" la presentación de estos datos no se haría hasta final de mes, ya que lo que deben reflejarse son los salarios devengados.

Según el secretario general de la Creex, Javier Peinado, esta nueva norma, "al margen de generar nuevas cargas burocráticas para todas las empresas y autónomos, independientemente del tamaño de su negocio", sigue "marcada por multitud de dudas sobre cómo ha de llevarse a cabo".

"El Ministerio de Trabajo se comprometió, en el seno del diálogo social con las organizaciones a nivel estatal, a poner en marcha una herramienta, una aplicación que permitiese a empresas y autónomos saber a ciencia cierta qué debía incluir ese registro retributivo de manera sencilla y clara para evitar que la Inspección de Trabajo levantase actas de sanción por incumplimiento porque faltase tal o cual dato", ha apuntado.

Al respecto, Peinado ha agregado que "aún" están esperando esa herramienta, "porque la alternativa es que el pequeño empresario tenga que poner la elaboración del registro en manos de una gestoría, lo que incrementaría el gasto".

Además, ha indicado que, desde la Creex, están "ya" asesorando en lo que pueden, y a la espera de que esta herramienta se genere, para incluirla en su web y que todos los empresarios extremeños la puedan usar, reiterando que "aquí andamos aún, a dos semanas de presentar los primeros registros y sin la aplicación".

LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS

También ha expuesto que "otra duda en vías de resolución" es si el registro puede "colisionar" con la Ley de Protección de Datos: "se dice que los representantes de los trabajadores deben tener acceso al registro, pero, ¿qué pasa en las empresas sin representación sindical? Si se da acceso a los trabajadores, podemos estar colisionando con la protección de datos de carácter sensible", ha comentado el secretario general de la Creex.

En este caso, la solución vendría por que en el registro no figuren los nombres, sino solo puesto, categoría, sexo y retribución, sobre lo cual ha abundado en que están negociando para que no haya que detallar salario a salario, sino medias salariales y varianzas en función de grupos de trabajo con puestos similares desagregados por sexo.

Finalmente, el secretario general de la Creex ha apuntado a dos situaciones en las que la norma "no aclara obligaciones"; en las que la primera sería las empresas con un solo trabajador, y la segunda aquellas donde todos sus trabajadores pertenezcan al mismo sexo, como se da en algunas de la construcción, donde todos son hombres, o en empresas de cuidados a dependientes, donde todo son mujeres. "¿Habría que presentar registro? La lógica dice que no, pero la ley no lo aclara".

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