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Ya está publicado en el DOE

Decretado el cierre perimetral de Malpartida de Cáceres ante el incremento de casos

Tiene una tasa de incidencia acumulada a los 14 días de 582,24 casos por cada 100.000 habitantes, y una la tasa a los 7 días de 266,86 casos.

26 marzo 2021 | Publicado : 10:03 (26/03/2021) | Actualizado: 20:50 (26/03/2021)

YA LO HABÍA AVANZADO VARA

Ep.

Precisamente, el presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, preguntado por este asunto por los medios de comunicación en un acto en Mérida, ya había avanzado el aislamiento de Malpartida de Cáceres, si bien ha apuntado que se analizará su evolución en los próximos días para, al igual que en la localidad de Villanueva de la Serena, cuyo cierre se anunció este pasado miércoles, poder tomar nuevas decisiones al respecto a lo largo de la próxima semana.

Rd./Ep.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, reunido este viernes en sesión extraordinaria, ha acordado el aislamiento perimetral de Malpartida de Cáceres hasta el próximo 9 de abril, al encontrarse en situación de riesgo "muy elevado" de que se pueda producir un aumento de casos de Covid-19.

En concreto, esta localidad cacereña cuenta en la actualidad con 4.122 habitantes y tiene una tasa de incidencia acumulada a los 14 días de 582,24 casos por cada 100.000 habitantes, mientras que la tasa a los 7 días es de 266,86 casos por cada 100.000 habitantes.

A su vez, según el último informe, tiene 24 casos activos confirmados, tal y como informa la Junta en una nota de prensa.

Por tanto, el aislamiento perimetral se hará efectivo mediante un decreto del presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, que se ha publicado en la tarde de este viernes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) y entrará en vigor a las 00:00 horas del sábado, 27 de marzo.

No obstante, el plazo previsto podrá ser prolongado por el período que se considere necesario en función de la evolución de la situación epidemiológica del municipio, o modulada o alzada antes de su expiración si se estima pertinente, según se indica en el decreto y recoge Europa Press.

TASAS ACUMULADAS "MUY ELEVADAS"

El informe epidemiológico emitido por la Dirección General de Salud Pública de fecha 25 de marzo indica que el municipio de Malpartida de Cáceres presenta todas las tasas acumuladas "muy elevadas", indicando un riesgo "muy alto", así como el porcentaje de positividad de pruebas diagnósticas y los valores de los indicadores de tendencia.

Además, se indica en el informe epidemiológico que la incidencia acumulada a 14 días también viene aumentando "constantemente" en las últimas semanas con una tendencia al alza para los próximos días. Esta misma tendencia al aumento se muestra por los valores de indicadores de evolución como son la tasa de reproducción instantánea (Rt), que se situaría este jueves en un valor "infinito", al ser el denominador "cero", por lo que en realidad no puede calcularse.

También la tasa de reproducción media en la última semana (p7) se sitúa en el día del informe en 1,57, lo que indica una "alta velocidad de propagación", mientras que el índice de crecimiento potencial (EPG), que indica el riesgo de rebrote o de aumento de los casos en el futuro inmediato, se sitúa el día del informe en un valor de 914, que representa un "alto riesgo" de que pueda producirse un aumento de casos; muy superior al valor 100, considerado elevado.

Por todo ello, se recomienda el cierre perimetral ante la mala evolución de la Covid-19 en el municipio en la actualidad y la tendencia al empeoramiento que muestra, y teniendo en cuenta los 24 casos activos, que aún pueden generar más casos y contactos, haciendo que, muy probablemente, la trasmisión comunitaria pueda llegar a ser "incontrolable".

RESTRICCIÓN DE MOVIMIENTOS

Durante el cierre perimetral, Malpartida de Cáceres restringirá la entrada y salida del término municipal, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados.

Entre ellos se encontraría la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales o la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

También para retornar al lugar de residencia habitual o familiar propio; para asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; para desplazarse a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes y para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Asimismo, la circulación por vías que transcurran o atraviesen el término municipal correspondiente no estará sometida a restricción alguna cuando el desplazamiento tenga origen y destino fuera del municipio. También se permite la circulación de personas residentes dentro del término municipal, si bien se desaconsejan los desplazamientos y la realización de actividades que no sean imprescindibles.

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