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TSJEx ratifica el cierre perimetral de Santa Amalia por su alta incidencia

Ratificado en un auto la medida sanitaria acordada este miércoles en la reunión del Consejo de Gobierno de la Junta por la que se establece la restricción

08 julio 2021 | Publicado : 15:07 (08/07/2021) | Actualizado: 19:51 (08/07/2021)

La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha ratificado en un auto la medida sanitaria acordada este miércoles en la reunión del Consejo de Gobierno de la Junta por la que se establece la restricción temporal de la entrada y salida de Santa Amalia (Badajoz) por su alta incidencia de casos Covid-19.

El auto indica que la petición efectuada por la Junta está acompañada de un informe emitido por la Subdirección de Epidemiología que pone de manifiesto la "gravedad" de la situación, el grado de transmisión y lanecesidad de adoptar medidas para frenar la expansión del virus.

Asimismo, el TSJEx, para su ratificación, ha considerado que las medidas sanitarias solicitadas cumplen con parámetros como la existencia de un riesgo "inminente y extraordinario" y que las mismas han sido adoptadas por la autoridad sanitaria en el ámbito de la comunidad autónoma.

Las medidas también se consideran "urgentes y necesarias" para lasalud pública atendiendo a las circunstancias concurrentes, todas ellas relacionadas con la situación de emergencia producida por el nuevo coronavirus y resultan proporcionadas, atendiendo al espacio territorial al que afectan, a las personas a las que se aplica y a la duración temporal de las mismas, que es de catorce días.

De la misma forma, el auto del TSJEx recogido por Europa Press, recoge que lo pedido por la Junta también se adapta a la doctrina del Tribunal Supremo al no entrar en vigor las medidas hasta que sean ratificadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJEx, siendo entonces cuando se publicarán en el DOE.

Asimismo, apunta que existe un equilibrio entre las medidas que se adoptan y la razón última que las justifica que es evitar el riesgo decontagios y el avance descontrolado de la enfermedad y las medidas no suponen una limitación absoluta de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, sino una limitación de la libertad de circulación de las personas.

"Las medidas acordadas por la Junta de Extremadura, atenuadas por las excepciones que la actuación administrativa contempla, están justificadas y son necesarias y proporcionadas para la consecución del fin que se pretende, esto es, la protección de la vida, la salud y la integridad física", ha aseverado.

Cabe destacar que la incidencia acumulada de Santa Amalia a los 14 y a los 7 días es, respectivamente, de 572 y de 547,13 casos por cada 100.000 habitantes y la cifra de casos activos se sitúa en 23.

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