Cáceres y Provincia

Adenex recurre al TSJEx sentencia que permite construir parking en el Parque del Príncipe

En su recurso, rechaza que se clasifique a la zona donde se construye el aparcamiento como residual y abandonada, tal y como hace el Ayuntamiento.

La asociación conservacionista Adenex ha presentado un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) contra la sentencia que permite la construcción de la ampliación del aparcamiento en el Parque del Príncipe de Cáceres, por lo que ahora el Alto Tribunal extremeño tendrá que decidir sobre la legalidad de esta obra.

Y es que este colectivo ecologista defiende que la construcción del aparcamiento contraviene el principio de no regresión, propio del derecho europeo y español, que defiende la conservación de las zonas verdes y los espacios naturales, ya que el Plan Genera, Municipal (PGM) de Cáceres no contempla el uso como aparcamiento en esta zona verde aunque sí lo hace en otras.

En su recurso, rechaza que se clasifique a la zona donde se construye el aparcamiento como residual y abandonada, tal y como hace el Ayuntamiento y recoge la sentencia, al tiempo que recuerda esta asociación que era una zona habilitada para el paseo de personas y para las mascotas, y utilizada frecuentemente.

Asimismo, alega que "contaba con una abundante y diversa vegetación, unos 100 árboles que han sido talados para construir el aparcamiento incumpliendo el pliego regulador del contrato", y para demostrar ambas cuestiones ha aportado una prueba documental con fotografías y vídeos.

A su vez, para la asociación la construcción del aparcamiento contraviene el principio de no regresión propio del derecho comunitario que defiende que una vez establecida una zona verde ésta constituye un mínimo sin retorno que debe ser respetado, salvo que exista un interés público superior y en este caso no se ha justificado en el expediente por qué debe situarse el aparcamiento en una zona verde y no en otro lugar.

Al mismo tiempo, Adenex alega también que las obras están financiadas a cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que tiene, entre otros objetivos, avanzar hacia una España más verde, "pero no parece que la eliminación de parte de una zona verde en el centro de la ciudad para convertirla en zona de uso rodado de coches y aparcamiento sea un proyecto acorde con ese objetivo de la España más verde", tal y como asegura en una nota de prensa.

A su vez, respecto al incumplimiento del plan de urbanismo, la sentencia recurrida confirma, según Adenex, que en una interpretación literal del Plan General Municipal de Urbanismo (PGM) "la existencia de plazas de aparcamiento dentro del recinto estarían prohibidas", pero para salvar ese escollo propone abrazar una interpretación "lógica, sistemática e integradora" como propone el ayuntamiento.

Ante esto, la asociación cree que "hay que atenerse en lo establecido en el PGM en el que se regulan los usos permitidos en las zonas verdes entre los que no se encuentra el del aparcamiento".

La sentencia afirma también que ya hay otro aparcamiento en el mismo parque "que nadie se ha planteado suprimir". Para Adenex el que haya otro aparcamiento que se ha tolerado "no la hace legal ni puede servir de justificación para una nueva ilegalidad".

También afirma la sentencia que existen otras zonas verdes (El Rodeo y la Ribera del Marco) donde el PGM sí contempla zonas de aparcamiento lo que le sirve para dar por compatible los aparcamientos en cualquier zona verde, pero Adenex "no considera que sea así en el Parque del Príncipe".

"Si el PGM hubiera considerado preciso ubicar una nueva zona de aparcamiento en el Parque del Príncipe, la hubiera definido expresamente, como hace en las zonas verdes mencionadas (Rodeo y Ribera del Marco)", recoge la nota, por lo que "como el PGM no contempla dicho uso, éste no puede considerarse compatible".

Por tanto, según Adenex el aparcamiento incurriría en el motivo de nulidad establecido en la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana que establece que los actos administrativos de intervención que se dicten con infracción de la ordenación de las zonas verdes o espacios libres previstos en los instrumentos de ordenación urbanística serán nulos de pleno derecho (artículo 55 del R.D.L 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana).

También se recuerda en el recurso de apelación que se intenta dar al aparcamiento que se está construyendo el carácter de "disuasorio" para fomentar el uso del transporte público, "pero tal característica no se justifica ni en la sentencia ni en los informes técnicos del ayuntamiento".

"Por otro lado los informes técnicos municipales y la sentencia del juzgado consideran que el nuevo aparcamiento además de disuasorio también cumple una función de acceso de vehículos y usuarios al parque, pero para esa función ya existen dos aparcamientos, uno al lado del que se está construyendo con 160 plazas y otra en la calle Islas Canarias con unas 50 plazas, este último apenas se utiliza", concluye.