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Cazadores y pescadores deberán llevar mascarilla si no pueden mantener distancia seguridad

No se podrán compartir utensilios de caza o pesca, ni utillaje, tampoco comida ni bebida.

20 mayo 2020 | Publicado : 09:05 (20/05/2020) | Actualizado: 18:16 (20/05/2020)

Los cazadores y los practicantes de pesca deportiva deberán llevar mascarilla cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad por el Covid-19 en la fase 2 de la desescalada.

De este modo se contempla en la resolución publicada este miércoles, día 20, en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), y que flexibiliza determinadas restricciones en materia de política cinegética, pesca deportiva y recreativa en Extremadura, según disposición de ámbito estatal con relación al estado de alarma en aplicación de la fase 2 del plan para la transición hacia una "nueva normalidad".

Así pues, se deberá llevar mascarilla cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad, no se podrán compartir utensilios de caza o pesca, ni utillaje, tampoco comida ni bebida.

Además, de deberá limpiar y desinfectar el vestuario tras finalizar la actividad, así como los útiles empleados para la misma.

Así, según la resolución de la Dirección General de Política Forestal autonómica se permite la realización de la actividad cinegética en la región, en todas sus modalidades, "siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias", tal y como informa en una nota de prensa la Junta de Extremadura.

Estas autoridades recomiendan que para el desarrollo de una acción que implique a más de un cazador, se deberá contar con un plan de actuación preventivo por parte del responsable en el que se detallen todas las medidas a cumplir y observar.

Del mismo modo, en Extremadura se podrá practicar pesca deportiva en todas sus modalidades "cumpliendo igualmente con las medidas de prevención establecidas".

A este respecto, tanto durante la caza como la pesca deportiva y recreativa se cumplirán las medidas generales de higiene y prevención frente al Covid-19 y en seguimiento de los consejos de las autoridades sanitarias.

De este modo, se deberá llevar mascarilla cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad, no se podrán compartir utensilios de caza o pesca, ni utillaje, tampoco comida ni bebida. Además, de deberá limpiar y desinfectar el vestuario tras finalizar la actividad, así como los útiles empleados para la misma.

La Dirección General de Política Forestal informa así a la ciudadanía, del contenido del Capítulo XV de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, dedicado a las condiciones para el desarrollo de la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa, el cual se publicó en el BOE de esta semana y cuyas medidas afectan al territorio extremeño desde las 00:00 horas del pasado lunes, 18 de mayo.

Finalmente, esta normativa mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y posibles prórrogas.

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