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En los últimos años

UCE Extremadura critica que varias entidades han duplicado coste de mantenimiento cuentas

La comisión más cara que ha encontrado la UCE es la del Banco Sabadell y Caixabank, los "primeros en subir su tarifa por encima de los 200 euros".

30 diciembre 2020

La Unión de Consumidores de Extremadura (UCE) ha criticado que varias entidades financieras han duplicado en los últimos años el coste, por ejemplo, del mantenimiento de las cuentas.

Así pues, desde que la asociación publicó su último informe de comisiones bancarias en 2017, se ha comprobado este aumento del coste, así como que, a pesar de que la jurisprudencia establece que los bancos no pueden cobrar la comisión de reclamación por posición deudora si no corresponde a un gasto real lo siguen haciendo "impunemente".

Y es que "como si de una orquesta bien afinada se tratara, la mayoría de los bancos españoles ha esperado a final de año para imponer una subida generalizada de comisiones a sus clientes, además de endurecer las condiciones para quienes quieran acceder a los programas de fidelización que, entre otras cosas, promete rebajarlas o suprimirlas a cambio, eso sí, de aumentar y mucho nuestra fidelización a la entidad", ha aseverado.

En esta ocasión, UCE ha extraído de la página web de los bancos la información publicada sobre el coste de comisiones en cada uno de los servicios que ofrece la entidad y se ha centrado en las más comunes, que son la comisión de mantenimiento, la comisión por descubierto y la llamada comisión por reclamación de posición deudora.

La comisión más habitual para un consumidor, es la de mantenimiento, un cobro que hace la entidad y que consiste en el pago de una cantidad fija por tener una cuenta abierta con ellos.

De hecho, de todas las estudiadas la comisión más cara que ha encontrado la UCE es la del Banco Sabadell y Caixabank, los "primeros en subir su tarifa por encima de los 200 euros", según ha informado UCE en una nota de prensa.

"En este último caso, supone multiplicar por cinco la que nos cobraban en 2017, fecha de nuestro último estudio. Después, se sitúa, BBVA, que llega a 100 euros al año. Pero es que, además, es más del doble que la que nos cobraba hace tres años y medio, pues en 2017 se quedaba en 48 euros anuales", ha añadido.

Sin embargo, estas entidades no serán las únicas que suban si tiene en cuenta que el Santander ya ha anunciado que, a partir de primeros de 2021, su comisión de mantenimiento "se va a disparar hasta los 240 euros anuales, como el Sabadell, lo que supone también más que doblar la que cobraba en 2017".

PAGAR POR UN DESCUBIERTO

Asimismo, cuando se pasa un recibo por una cuenta y no se dispone de dinero suficiente para abonarlo la cantidad que queda pendiente o en negativo sería el descubierto que se tiene la cuenta.

Las entidades, por haber prestado ese dinero, cargan una comisión, la conocida como "descubierto", esta comisión se sitúa entre el 2 por ciento que cobra Banca Pueyo y el 5 por ciento que cobra Banco Santander, según UCE, que añade que, en cualquier caso, todas las entidades cobran, por esta gestión, un mínimo, que se encuentra entre los 18,00 euros de Liberbank y los 10,00 de Banca Pueyo.

Esta comisión, ha apuntado UCE, no la podrán cobrar si se es consumidor, y así está regulado en la normativa vigente, en concreto, en la Ley de Crédito al Consumo de 2011.

Por otro lado, una de las prácticas bancarias "más polémicas" en los contratos celebrados con los consumidores, es la inclusión de una cláusula por la que la entidad financiera puede cobrar una comisión, normalmente de entre 30 y 40 euros, por el impago de cada cuota del préstamo o la reclamación de un descubierto en la cuenta.

Son las conocidas como comisiones de reclamación por posición deudora o por impago. Esta cláusula suele ser una "imposición del banco", que no permite al cliente elegir si se incluye o no en el contrato, que permite al banco cobrar la comisión cada vez que hay un recibo impagado y, además, de forma "prácticamente automática, sin hacer gestión alguna que la justifique".

Sin embargo, aunque en un primer se piense que al estar firmada son válidas, puede ser una "cláusula abusiva", y ser declarada nula por un juzgado, como es el caso de la comisión de recobro.

Asimismo, las comisiones percibidas por servicios prestados por las entidades de crédito sólo podrán percibirse siempre que respondan a servicios efectivamente prestados o gastos habidos.

"Por lo tanto, el banco queda obligado a demostrar que la acción de recobro le ha supuesto un gasto o ha tenido que llevar a cabo un servicio para el mismo, descartando que estas comisiones puedan exigirse, de manera automática, por el simple hecho del retraso en un recibo del préstamo o hipoteca", ha sentenciado.

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